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miércoles, 9 de diciembre de 2015

Concepto DIAN 1510 (33096) Noviembre 17 de 2015


La DIAN mediante concepto 1510 (33096) de Noviembre 17 de 2015 manifestó que debe exigirse por parte del pagador la afiliación y el pago de los aportes al sistema de seguridad social cuando cancele la prestación de un servicio personal a una persona natural, sin importar la denominación de la remuneración ni la maquinaria o elementos utilizados en la prestación de la asistencia personal.

Añadió que cuando se trate de un servicio no personal  como en el caso de arrendamiento de inmuebles tal obligación no se genera. Confirmó la DIAN el Concepto 48258 de 2014,  que había sido ratificado por el Concepto 17765 del 2015.

Interesante este pronunciamiento pues  a cinco (5) meses de vigencia de la Ley 1753 de 2015 (Artículo 135) que exige tal obligación,  no se ha reglamentado esta norma lo que permite seguir aplicando la disposición anterior.

Click para descargar el concepto 1510(33096)


Cordialmente,
GERARDO GÓMEZ DÍEZ
Abogado Tributarista


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