El 16 de Diciembre de 2015 el Congreso de la República de Colombia aprobó el proyecto de ley que PRESUME legalmente que la persona fallecida dona sus órganos.
Dicha presunción no aplica si la persona en vida declara que es su voluntad NO donar sus órganos.
Si usted no quiere donar sus órganos debe hacer tal declaración o de lo contrario estará aceptando que a su deceso ellos sean donados a quien lo requiera.
GERARDO GÓMEZ DÍEZ
Abogado Tributarista
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